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Calculadora mayor valor venta de acciones Chile: acciones, cripto y bienes raíces

Chile grava el mayor valor por dos regímenes. Las acciones con presencia bursátil y las cuotas de fondos que califican pagan un impuesto único a la renta de 10%; las acciones sin presencia, las criptomonedas, otros bienes y el exceso de los bienes raíces tributan en el Impuesto Global Complementario, de 4% a 40%, y los bienes raíces tienen un ingreso no renta de por vida de 8.000 UF.

Calcula el impuesto de una enajenación de acciones, criptomonedas, fondos o bienes raíces a partir de tus fechas y costos. Ingresa las ventas a mano o importa los CSV de tu bolsa o exchange: la calculadora reparte las ventas de varios lotes con FIFO, aplica la clasificación del artículo 107, el límite de 10 UTA, el plazo de tenencia de los bienes raíces y el ingreso no renta de 8.000 UF, y muestra la aritmética detrás de la cifra final. Todo queda en tu navegador.

Tasas vigentes al 19 de septiembre de 2026, según la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824) y las fuentes del SII que cita cada registro.

Reglas vigentes

Las tasas detrás del resultado

El impuesto único del artículo 107 y el régimen general por año

Año tributarioAcciones con presencia bursátil y fondosAcciones sin presencia, cripto, bienes raícesPérdidas del artículo 107
2021Ingreso no renta (antiguo art. 107, INCR)Escala del artículo 52 hasta 40%; bienes raíces 8.000 UFSe arrastran sin límite de tiempo
202210% desde el 4 de febrero (antes, ingreso no renta)Escala del artículo 52 hasta 40%; bienes raíces 8.000 UFSe arrastran sin límite de tiempo
202310% de impuesto únicoEscala del artículo 52 hasta 40%; bienes raíces 8.000 UFSe arrastran sin límite de tiempo
202410% de impuesto únicoEscala del artículo 52 hasta 40%; bienes raíces 8.000 UFSe arrastran sin límite de tiempo
202510% de impuesto únicoEscala del artículo 52 hasta 40%; bienes raíces 8.000 UFSe arrastran sin límite de tiempo
202610% de impuesto únicoEscala del artículo 52 hasta 40%; bienes raíces 8.000 UFSe arrastran sin límite de tiempo
2027 (planificación)10% se mantiene (supuesto)Escala del artículo 52 hasta 40%; bienes raíces 8.000 UFSe arrastran sin límite de tiempo

Reglas y umbrales

ReglaValor
Acciones con presencia bursátil y cuotas de fondos que califican (art. 107)10% de impuesto único a la renta sobre el mayor valor
CondicionesVenta en una bolsa chilena autorizada, una OPA del Título XXV de la Ley 18.045 o un aporte del artículo 109; adquisición por alguna de las vías del artículo 107. Sin plazo mínimo de tenencia
Acciones sin presencia y bonos (art. 17 N° 8 a), c) y d))Escala del Impuesto Global Complementario del artículo 52; el resultado combinado del año hasta 10 UTA es ingreso no renta (sobre ese monto, tributa el resultado completo)
Cripto y otros bienes (art. 17 N° 8 m))Escala del artículo 52 sobre base percibida; sin exención de 10 UTA ni alivio por plazo de tenencia
Bienes raíces (art. 17 N° 8 b))Ingreso no renta acumulado de por vida de 8.000 UF; MÁS de un año de tenencia (cuatro en loteos y ventas por piso o departamento); el exceso tributa con la escala del artículo 52 o con el impuesto sustitutivo opcional de 10%
PérdidasLas pérdidas del artículo 107 rebajan solo rentas del artículo 107, en el mismo año o en los siguientes y sin límite de tiempo; las pérdidas del régimen general se compensan dentro de su propio grupo en el mismo ejercicio
DeclaraciónDeclaración anual de renta (Formulario 22) en la Operación Renta del SII, normalmente en abril del año siguiente

Las tablas se generan a partir de los registros verificados con fuentes capturados el 19 de septiembre de 2026; cada una enlaza a la página de la autoridad indicada arriba. Las cifras de 2027 son supuestos de planificación.

Preguntas

Preguntas sobre el mayor valor en Chile

¿Cuánto es el impuesto al mayor valor en Chile?

Depende del activo. El mayor valor en acciones de sociedades anónimas abiertas con presencia bursátil, vendidas en una bolsa autorizada, en una OPA o mediante un aporte del artículo 109, paga un impuesto único a la renta de 10%. Las acciones sin presencia, las criptomonedas, otros bienes y el exceso del mayor valor en bienes raíces tributan en el Impuesto Global Complementario, de 4% a 40%, sumados a tus otras rentas.

¿Pago el impuesto único de 10% en las ventas de acciones chilenas normales?

Sí, si las acciones tienen presencia bursátil y tanto la adquisición como la venta pasaron por una de las vías del artículo 107 (una bolsa de valores chilena autorizada, una OPA del Título XXV de la Ley 18.045, una colocación de primera emisión, un canje de valores convertibles o un aporte del artículo 109). No hay plazo mínimo de tenencia; deciden la vía de mercado y la condición del instrumento. Los inversionistas institucionales están exentos.

¿Qué es el ingreso no renta de 8.000 UF en bienes raíces?

El artículo 17 N° 8 letra b) otorga a una persona natural un ingreso no constitutivo de renta acumulado de por vida de 8.000 UF sobre el mayor valor en bienes raíces, sin importar cuántas propiedades venda, y solo cuando pasa MÁS de un año entre la adquisición y la venta (cuatro años en un terreno loteado o un edificio vendido por pisos o departamentos). El exceso paga la escala del Impuesto Global Complementario o un impuesto único y sustitutivo opcional de 10%.